La ley 28456 establece un derecho importante de los tecnólogos médicos, ocupar cargos correspondientes a la estructura orgánica de la carrera de Tecnología Médica, la misma norma establece la presencia de la Unidad Orgánica de Tecnología Médica. Entonces hablamos de un derecho, establecido en una ley, más allá de su pertinencia, la que voy a intentar discutir más adelante, debe cumplirse. Pero, en el Perú, nos hemos mal acostumbrado a tener leyes y leyes, y no cumplirlas, sean estas pertinentes o no. La ley de trabajo del Tecnólogo Médico es pertinente en demasía, debe cumplirse y no debe verse como una norma que afecta a otras carreras de salud, por el contrario, protege a los tecnólogos médicos de sufrir de intrusismo y también, los protege de ser intrusos en otras carreras. La pertinencia de una Unidad Orgánica de Tecnología Médica radica en los beneficios para el sistema de salud. Primero, todas las profesiones de salud tienen una Unidad Orgánica, este por supuesto, es el argumento...
La epidemia de COVID-19 llegó con mucha fuerza y a muchos países nos cogió desprevenidos, hasta ahora ha causado la muerte de cientos de miles de personas en todo el mundo pero la tasa de mortalidad es baja, los casos leves y asintomáticos son los más. La mayor parte de personas con casos severos, sobretodo los que han llegado a las Unidades de Cuidados Intensivos, aquellos con necesidad de provisión de cuidado crítico y oxigeno han sido adultos mayores y adultos. Las vacunas desarrolladas contra la COVID-19 han mostrado hasta ahora buena eficacia en ensayos clínicos y aparentemente la efectividad en las comunidades dónde se ha aplicado, es adecuada y facilitado el retorno a la llamada normalidad de varias actividades, inclusive, retorno a las escuelas en varios países. Pero, ¿por qué esta infección -inclusive la vacuna misma- ha afectado más a la población adulta y adulta mayor? detallemos un poco primero cómo es que funciona nuestro sistema inmunológico y cómo es qué funcionan las va...